El Gobierno da media marcha atrás en la tributación de entidades sin ánimo de lucro
En el BOE del 28 de febrero se publicó una modificación del recién estrenado Impuesto sobre sociedades. Las entidades parcialmente exentas no estarán obligadas a presentar declaración por el impuesto siempre que sus ingresos no superen los 50.000 euros (anteriormente a la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades el límite era de 100.000 € que la nueva Ley suprimió y que ahora se vuelve a modificar en el sentido citado).
Adjuntamos PDF del BOE de 28 de febrero de 2015
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