Intromisión ilegítima al honor de ciclista profesional en programa televisivo.
La Sala civil del Tribunal Supremo, en fecha 22 de septiembre de 2014, apreció que se había producido una intromisión ilegítima en el derecho al honor de un ciclista profesional por la emisión en un programa de televisión de su imagen, sin haber dado su consentimiento, por “deshonrosa, al haber sido parcialmente alterada de la originalmente captada, pero mantenida su imagen, por tanto perfectamente reconocible, a modo de maniquí, cuya ropa manipuladamente se ha transformado hasta aparecer ante el espectador, en las distintas secuencias, unas veces ridiculizada su estampa, como portador de una paellera, otra burlada al aparecer con el que sería el jersey distintivo de quien destacara por el mayor tamaño de sus órganos genitales, u otra, satirizada ante la evocación que proyectaba su imagen como consumidor o adicto a sustancias dopantes, y por tanto como deportista tramposo durante la competición”.
Adjuntamos la sentencia
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