Se podrá beber alcohol de baja graduación en las instalaciones deportivas
El Grupo del Partido Popular ha presentado una emnienda de adición al Proyecto de Ley de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios por la que se modificaria la Ley General de Publicidad y se autorizaría la venta de bebidas alcohólocas de baja graduación, inferior a 20 grados, en los recintos deportivos.
Le enmienda tiene el siguiente tenor y justificación:
«Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
El apartado 5 del artículo 5 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad queda redactado en los siguientes términos:
“Se prohíbe la publicidad de bebidas con graduación alcohólica superior a 20 grados, por medio de la televisión.
Queda prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas con graduación alcohólica superior a 20 grados en aquellos lugares donde esté prohibida su venta o consumo.
La forma, contenido y condiciones de la publicidad de bebidas alcohólicas serán limitados reglamentariamente en orden a la protección de la salud y seguridad de las personas, teniendo en cuenta los sujetos destinatarios, la no inducción directa o indirecta a su consumo indiscriminado y en atención a los ámbitos educativos, sanitarios y deportivos.
Con los mismos fines que el párrafo anterior el Gobierno podrá, reglamentariamente, extender las prohibiciones previstas en este apartado para bebidas con más de 20 grados a bebidas con graduación alcohólica inferior a 20 grados.”»
JUSTIFICACIÓN
La inmensa mayoría de los países de la UE no tienen limitado el uso de estos canales de comunicación (ej.: eventos deportivos internacionales retransmitidos en España por televisión) por lo que esta limitación reduce la competitividad de las marcas españolas.
La publicidad en los estadios está dirigida principalmente a los espectadores de TV. Teniendo en cuenta que en TV no se prohíbe la publicidad de este tipo de bebidas y que las personas que acuden a los estadios tienen prohibido su consumo esta restricción carece de justificación.
Esta enmienda facilitará la posibilidad de que se celebren en nuestro país eventos deportivos de carácter internacional que cuentan con un fuerte apoyo económico y finanEsta enmienda facilitará la posibilidad de que se celebren en nuestro país eventos deportivos de carácter internacional que cuentan con un fuerte apoyo económico y financiero de marcas de bebidas con graduación alcohólica inferior a 20 grados centesimales
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