Nueva sentencia sobre la calificación de deportista no profesional

Los contratos con deportistas aficionados ya han sido objeto de comentarios en este blog. Concretamente el 6 de mayo del pasado año nos hicimos eco de la Sentencia del Tribunal Supremo de Unificación de doctrina de 2 de abril de 2009.

Pues bien, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Social, emitió el veinticuatro de noviembre del dos mil once, que adjuntamos, una sentencia de parecidos hechos que la citada del TS.

En el caso fallado por el TSJ murciano, un jugador de un club que militaba en la Tercera División había acordado con el club el pago de seis mil euros en concepto de compensación por gastos derivados de la práctica deportiva, kilometraje y dietes por partido jugado fuera de la localidad.

El jugador reclamó ante la jurisdicción laboral determinada cantidad que, según él, le era debida por el club.

La sentencia del Juzgado de lo Social calificó la relación como de deportista no profesional.

desportista aficionado

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